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La situación de las mujeres en cárceles: olvido y resistencia



Por: Marite Hernández Correa.


La reforma constitucional del 2011 ha sido y sigue siendo un reto para las instituciones gubernamentales, pues como sabemos exige el respeto irrestricto a los derechos humanos para todas las personas. La convencionalidad como principio fundamental, que alberga el derecho internacional de los derechos humanos y debe ser cumplimentado por los estados signantes.


Lo anterior es un cambio de paradigma, tendente a realizar acciones concretas que incidan en los distintos sectores, para implementar mejores prácticas en todos los ámbitos de la vida pública.


El contexto de México sigue siendo de desigualdad, de falta de oportunidades, de pobreza, de enojo, de normalización de las violencias, marginación social, discriminación, racismo, de pauperización de las relaciones de trabajo bien remunerado y justo.


Donde la impunidad es uno de los temas a resolver, así como la aplicación correcta del debido proceso, nos toca como sociedad asumir una conciencia de corresponsabilidad social.


En esta contribución quiero poner en el centro de la discusión el tema tan complejo que implican los espacios de encierro, y de manera más específica, el contexto de las mujeres privadas de su libertad, como parte de uno de los grupos más vulnerables a las violaciones de derechos humanos.


La necesidad de impulsar una mirada a los espacios de encierro es urgente, pues pareciera que son sitios donde los ciudadanos y las ciudadanas, no podemos intervenir u opinar.


Han sido en las últimas décadas del siglo pasado y en el inicio de este, que se han vuelto permeables sus estructuras a la sociedad, pues fueron los avances en materia de derechos humanos los que han permitido que esta realidad social sea visible, por las enormes atrocidades que se pueden cometer tanto como por las autoridades, como por las personas en encierro.


Igualmente, el impulso social y político de generar una reingeniería en los espacios cerrados y abrirlos al escrutinio público y a la rendición de cuentas; permitieron que la sociedad se interesara en los espacios carcelarios, a propiciar una mirada crítica, enfocada en las enormes preocupaciones de injusticias, desigualdades, violencias, violaciones a la integridad de las personas y a las corrupciones.


De la misma manera, el tema del estigma está relacionado con la relegación, el confinamiento de las personas. La cárcel vista como un basurero de las personas, calificadas socialmente como las lacras de la sociedad, donde sabemos y conocemos que se cometen injusticias, en específico las injusticias para las mujeres, personas integrantes de pueblos indígenas y personas transgénero.  


Así mismo, no omito denunciar el abuso en contra de los hombres, pues como señalan algunos teóricos en la materia, el espacio de encierro pretende aniquilar el Ser, destruir a la persona por considerarlo un inadaptado o inadaptada social, escuchar y saber de las historias de vida en cárceles nos permite tener una perspectiva humana y ser sensibles ante la posibilidad de poder hacer justicia, y donde las resistencias de cada ser humano son la esperanza para lograr reinsertarse a una sociedad cada vez más conflictuada y compleja.


Asimismo, el todo que implica, la familia, los hijos e hijas menores de edad, es decir, ese todo sociocultural, que requiere políticas públicas y visiones innovadoras en cuanto a cómo analizar y resolver casos en específico, tomando en cuenta los contextos.


Como sabemos, hay personas que no deberían estar en la cárcel, y en lo concreto las mujeres, muchas de ellas por las opresiones históricas, violencias en todos los aspectos, pobrezas, discriminaciones, falta de oportunidades.


Recordemos que por los roles y construcciones sociales de género, la señalización hacia nosotras al momento de cometer una falta en la sociedad, tendremos una carga más elevada de estigma, del ser juzgadas por haber faltado a nuestro deber del ser mujeres, de ser buenas hijas, madres, esposas, ciudadanas.


Aunado a que hay mujeres más vulnerables entre las mujeres: para las mujeres indígenas se viven triples opresiones, por ser mujeres, indígenas, pobres.


Un ejemplo, puede ser la falta de traductores en sus idiomas, profesionistas especializados en enfoques de derechos humanos, multicultural, perspectiva de género e infancias, entre otras posibilidades que puedan brindar un mejor entendimiento de esa compleja realidad que viven al cometer el delito.


Teniendo en cuenta que en ocasiones se conjugan otras características que colocan a las personas en situaciones que acrecientan las posibilidades de que una persona sea marginalizada como la discapacidad, o ser jóvenes o adultas mayores, así como la identidad de género y la preferencia sexual.


La autoridad debe operar desde una mirada transversal de las problemáticas que aquejan a las mujeres privadas de su libertad, aunado a la carencia de personal especializado en los Centros de Reclusión, en su atención y reinserción a la sociedad. Reconociendo que seguimos siendo una sociedad que discrimina y criminaliza.


El Estado debe ser sensible ante esta enorme complejidad, con enfoque multidisciplinario, que no sólo exista y aplique una estricta política criminal, y la aplique como tabula rasa, sino un enfoque humano, donde el tema de la reinserción social sea una realidad.


El Estado se debe ocupar de la implementación de políticas públicas de prevención del delito eficaces, no solo de maquillaje, comprendiendo la complejidad de los diversos contextos desde los que se origina el acto delictivo y atendiendo cada caso con empatía pues las mujeres privadas de su libertad son personas, con nombres y apellidos, con historias y anhelos.


La autoridad debe ser proactiva en entender la realidad social cambiante.


En el Centro Penitenciario Estatal de San Luis Potosí, denominado, La Pila, por encontrarse localizado en dicha Delegación, en la periferia de San Luis, hay un registro de 135 mujeres privadas de su libertad originarias de todo el estado, más del 50 % se encuentra por delitos graves, en su mayoría por secuestro y homicidio.


Ellas, según la ley, deben tener capacitación para el trabajo, así como espacios deportivos, educación, empleo, como elementos centrales de la reinserción social.


Derechos que en el transcurso del tiempo han tratado de cumplirse, hay empresas dentro del área, sin embargo, falta una posibilidad real, donde no sean explotadas y minimizadas, la autoridad está obligada a verificar que las formas de contratación y pago que sean justas, ya que actualmente algunas de ellas se ocupan en la realización de artes manuales que la mayoría de las veces son mal pagadas, pese a los diversos intentos positivos de brindarles una remuneración adecuada, desde mi perspectiva eso no se ha logrado.


Las autoridades gubernamentales deben buscar de manera más certera formas de trabajo bien remunerado, capacitación para el trabajo, acceso al derecho a la salud como un derecho humano y la educación como una posibilidad que al salir les permita reinsertarse, lamentablemente desde la mirada social, se les seguirá viendo como un mal de la sociedad, la autoridad y la sociedad debemos ser participes en mejorar los espacios carcelarios, pues son responsabilidad de todas y todos.


Como servidores públicos, como sociedad organizada estamos obligados a ser corresponsables y no taparnos los ojos y analizar mejores prácticas en derecho penitenciario comparado que nos permitan salir avante en responsabilidades donde están de por medio vidas de las mujeres y sus entornos sociales.

 

 

 

 

 

 

 

 

Bibliografía.

INEGI, Censo Nacional de Sistema Penitenciario Federal y Estatal 2022. Disponible en: htttp://www.inegi,org.mx/contenidos/programas/cnspef/2022/doc/cnsipef_2022_resultados.pdf

 

 

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