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  • Foto del escritorLa Rata

Congreso aprueba aumentar penas contra quien lesione a una mujer en razón de género


Por: Redacción


Para incrementar las sanciones en el delito de lesiones a una mujer en razón de su género, e imponer una pena de ocho a 20 años de prisión, y sanción pecuniaria de 400 a 700 días del valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a quien cometa este ilícito, el pleno del Congreso del Estado aprobó el Decreto que reforma al artículo 142 BIS en sus párrafos, primero, y cuarto del Código Penal del Estado de San Luis Potosí.


Hasta antes de estas reformas, el Código Penal establecía una pena de siete a 14 años de prisión, y sanción pecuniaria de 200 a 500 días del valor de la UMA.


De igual forma, se establece que si entre el sujeto activo y la víctima existió una relación sentimental, afectiva o de confianza; de parentesco, laboral, docente o cualquiera que implique subordinación o superioridad, y se acredita que en virtud de esa relación fueron infringidas las lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones, se impondrán de 12 a 21 años de prisión, y multa de 500 a 800 días del valor de la UMA.


La pena que se establecía era de nueve a 18 años de prisión, y multa de 300 a 600 días del valor de la unidad de medida y actualización.


Se indica que con estas modificaciones, se busca que al resultar sanciones más severas, se inhiba la comisión del injusto penal de lesiones contra la mujer por razón de género, ponderando la salud, integridad, y dignidad de ellas.

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