Por: Regina Arellano
El abogado José Mario de la Garza Marroquín presentó una iniciativa con proyecto de decreto con la que busca tipificar como delito la violencia obstétrica en San Luis Potosí.
La violencia obstétrica es considerado un problema grave en México, ya que se estima que 1 de cada 3 mujeres son víctimas de este tipo de violencia.
En la exposición de motivos, señaló que si bien en San Luis Potosí ya se reconocía a la violencia obstétrica como un tipo de agravio a los derechos humanos de la mujer en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, no fue suficiente para cambiar de manera estructural las condiciones de precariedad de los sistemas de salud donde esta ocurre.
En el artículo 4 de la ley mencionada, se define a la violencia obstétrica como “todo abuso, acción u omisión intencional, negligente y dolosa que lleve a cabo el personal de salud, de manera directa o indirecta, que dañe, denigre, discrimine, o de un trato deshumanizado a las mujeres durante el embarazo, parto o puerperio; que tenga como consecuencia la pérdida de la autonomía y capacidad de decidir sobre su cuerpo y sexualidad”.
Con la iniciativa, se busca adicionar un capítulo V al Título Quinto “Delitos contra la libertad reproductiva” y un artículo 199 BIS al Código Penal del Estado de San Luis Potosí, donde referirán que comete el delito el personal de salud viole ciertos puntos, como:
I. No atienda o no brinde atención oportuna y eficaz a las mujeres en el embarazo, parto, puerperio o en emergencias obstétricas;
III. No obstante existir condiciones para el parto natural, practique el parto por vía cesárea, sin obtener el consentimiento voluntario, expreso e informado de la mujer;
VI. Aún cuando existan medios necesarios para la realización del parto vertical, obligue a la mujer a parir acostada sobre su columna y con las piernas abiertas levantadas o en forma distinta a la que sea propia de sus usos, costumbres y tradiciones obstétricas.
Además de otros puntos que castigan la violencia física, psicológica y sexual hacia las mujeres en este proceso, la fotografía o video de las mujeres sin consentimiento y el desapego del niño con su madre sin causa médica justificable.
Por último, se estipuló que ejecute las conductas mencionadas enfrentaría hasta seis años de prisión, según sea el caso, y multas de miles de pesos.
Comments